¿Cuál de los siguientes actos es impugnable?

DERECHO ADMINISTRATIVO

EN FUNCIÓN DE LA POSICIÓN QUE OCUPA EL ACTO EN EL PROCEDIMIENTO: ACTOS DEFINITIVOS Y DE TRÁMITE
  • Los actos definitivos son los que contienen una resolución, decisión o acuerdo de la Administración que los dicta. Se producen al término de la tramitación de un procedimiento administrativo, que siempre es un precedente necesario del acto, sea para producir la decisión, sea para resolver los recursos administrativos que puedan plantearse contra ella.
  • El ordenamiento jurídico establece un régimen diferente para los actos definitivos y los de trámite, sobre todo a efectos de su impugnación: tanto los recursos administrativos (artículo 112.1 LPACAP) como los recursos contencioso-administrativos (artículo 25 LJCA) se plantean ordinariamente contra los actos definitivos, y solo excepcionalmente son admisibles contra actos de trámite.

 

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