¿Cuál de los siguientes órganos existen sólo en los municipios de gran problación?

Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales.

Art. 119. Son órganos complementarios de las entidades locales territoriales:

1. En todas ellas,

  • a) Los Concejales y Diputados delegados.
  • b) Las Comisiones informativas.
  • c) La Comisión Especial de Cuentas.
  • d) Los Consejos Sectoriales.
  • e) Los órganos desconcentrados y descentralizados para la gestión de servicios.

2. En los Municipios, además,

  • a) Los representantes personales del Alcalde en los poblados y barriadas.
  • b) Las Juntas Municipales de Distrito.
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