La ley 39/1981, de 28 de octubre, por la que se regula el uso de la bandera de España y el de otras banderas y enseñas, trata de asegurar, en relación con la exposición de los símbolos en cuestión, la situación de preferencia y máximo honor de la bandera de España. Así el artículo 6 de la citada Ley atribuye a la bandera de España un «lugar destacado, visible y de honor», por lo que si se utilizan otras banderas, «la bandera de España ocupará un lugar preeminente y de máximo honor y las restantes no podrán tener mayor tamaño». La ley 39/1981, de 28 de octubre, por la que se regula el uso de la bandera de España y el de otras banderas y enseñas, trata de asegurar, en relación con la exposición de los símbolos en cuestión, la situación de preferencia y máximo honor de la bandera de España. Así el artículo 6 de la citada Ley atribuye a la bandera de España un «lugar destacado, visible y de honor», por lo que si se utilizan otras banderas, «la bandera de España ocupará un lugar preeminente y de máximo honor y las restantes no podrán tener mayor tamaño».
