Cuando la gestión de un convenio haga necesario crear una organización común, ésta podrá adoptar la forma de:

NOTA: En la nueva Ley 40/2015 también se hace referencia a los convenios, consorcios y sociedades mercantiles pero en ningún caso a las sociedades anónimas o las sociedades de responsabilidad limitada y la persona aspirante a policía local no tiene porqué conocer que esas representan a dos tipos de sociedades mercantiles.

Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

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