De acuerdo al art. 149 de la Constitución Española, el Estado tiene competencia exclusiva sobre las siguientes materias:

Constitución Española.

Artículo 149

1. El Estado tiene competencia exclusiva sobre las siguientes materias:

19.ª Pesca marítima, sin perjuicio de las competencias que en la ordenación del sector se atribuyan a las Comunidades Autónomas.

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