De acuerdo con el artículo 44 de la Ley 6/2023, de 7 de julio, de Policías Locales de Andalucía, a la categoría de Intendente Principal, se podrá acceder por el sistema de:

Ley 6/2023, de 7 de julio, de Policías Locales de Andalucía.

Disposición transitoria quinta. (Correspondencia de categorías.)

La categoría de intendente mayor de los cuerpos de la Policía Local, establecida en el artículo 18 de la Ley 13/2001, de 11 de diciembre, se equiparará a la categoría de intendente principal establecida en el artículo 23.

Artículo 44. Sistemas de acceso.

4. A las categorías de intendente e intendente principal, se podrá acceder por el sistema de promoción interna, movilidad o turno libre, según decida el Ayuntamiento, respetando, en su caso, la reserva para la movilidad prevista en el artículo 52.

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