Ley 2/2002, de 11 de noviembre, de Gestión de Emergencias en Andalucía.
Artículo 50. Infracciones.
2. Constituyen infracción grave en materia de gestión de emergencias las conductas consistentes en:
- f) No comunicar al centro de coordinación de emergencias de ámbito territorial superior la activación de un plan de emergencia.
