De conformidad con el artículo 84.3 de la Ley 7/1985 de 2 de abril Reguladora de Bases del Régimen Local, las licencias o autorizaciones otorgadas por otras Administraciones Públicas:

Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.

Artículo 84.

3. Las licencias o autorizaciones otorgadas por otras Administraciones Públicas no eximen a sus titulares de obtener las correspondientes licencias de las Entidades locales, respetándose en todo caso lo dispuesto en las correspondientes leyes sectoriales.

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