Logo Objetivo PL

El Artículo 112 del Real Decreto Legislativo 6/2015 de Seguridad Vial establece el plazo de las prescripciones de las denuncias que son:

Real Decreto Legislativo 6/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial.

Artículo 112. Prescripción y caducidad.

1. El plazo de prescripción de las infracciones previstas en esta ley será de tres meses para las infracciones leves y de seis meses para las infracciones graves y muy graves.

error: