Corresponde al Rey el nombramiento del Presidente de las Comunidades Autónomas (art. 152.1 CE), previamente elegido por la Asamblea Legislativa correspondiente, y con el refrendo del Presidente del Gobierno (STC 5/1987, de 27 de enero).
Corresponde al Rey el nombramiento del Presidente de las Comunidades Autónomas (art. 152.1 CE), previamente elegido por la Asamblea Legislativa correspondiente, y con el refrendo del Presidente del Gobierno (STC 5/1987, de 27 de enero).