Ley 2/2002, de 11 de noviembre, de Gestión de Emergencias en Andalucía.
Artículo 35.2
“El Sistema de Coordinación Integrada de Urgencias y Emergencias se llevará a cabo por la Administración de la Junta de Andalucía en el régimen de gestión directa que reglamentariamente se determine. Corresponde al titular de la Consejería competente en materia de protección civil la elaboración de las disposiciones de organización y funcionamiento del sistema”.