El Tribunal Supremo es el órgano jurisdiccional superior en todos los órdenes salvo:

El artículo 123.1 de la Constitución establece que «el Tribunal Supremo, con jurisdicción en toda España, es el órgano jurisdiccional superior en todos los órdenes, salvo lo dispuesto en materia de garantías constitucionales». El Tribunal Supremo recibe este título por ser el más alto tribunal en España, al considerarse el órgano jurisdiccional superior en los órdenes civil, penal, contencioso-administrativo y social, a excepción de lo dispuesto en materias de garantías constitucionales donde ya entra en juego el Tribunal Constitucional.

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