¿En cuál de las siguientes circunstancias el delito de hurto se castiga con multa de 1 a 3 meses si la cuantía no excediese de 400 euros?

Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal.

CAPÍTULO I   –  De los hurtos

Artículo 236.

1. Será castigado con multa de tres a doce meses el que, siendo dueño de una cosa mueble o actuando con el consentimiento de éste, la sustrajere de quien la tenga legítimamente en su poder, con perjuicio del mismo o de un tercero.

2. Si el valor de la cosa sustraída no excediera de 400 euros, se impondrá la pena de multa de uno a tres meses.

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