¿En qué caso la publicación contendrá el lugar donde los interesados podrán comparecer personalmente?

El artículo 46 de la Ley 39/2015 prevé que la notificación o la publicación pueda lesionar derechos o intereses legítimos del administrado, para este caso y cuando la lesión sea apreciada por el órgano competente, éste se limitará a publicar en el diario oficial que corresponda una somera indicación del contenido del acto y del lugar donde los interesados podrán comparecer, en el plazo que se establezca, para conocimiento del contenido íntegro del mencionado acto y constancia de tal conocimiento.

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