¿En qué casos no se agravan los delitos básicos de violencia de género o doméstica?:

Examen de la Rambla 2023

A fecha de realización del examen (marzo de 2023) los delitos de violencia de género se contemplan en los artículos 148.4, 153.1, 171.4, 172.2, 172 ter y 173.

Sobre los agravantes mencionados en el artículo 153 el texto especifica lo siguiente: «en presencia de menores, o utilizando armas, o tenga lugar en el domicilio común o en el domicilio de la víctima, o se realice quebrantando una pena de las contempladas en el artículo 48 de este Código». Todos o algunos de esos agravantes se repiten algunos de los otros artículos mencionados, pero no se hace referencia a «instrumentos peligrosos».

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