En su actuación profesional, los miembros de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad deberán ajustarse a los principios de:

Así lo indica el artículo 5.1.d) de la LOFCS que dispone que «las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad deberán sujetarse en su actuación profesional, a los principios de jerarquía y subordinación». Estos principios se consideran uno de los elementos integrantes del concepto de la Policía, la jerarquía, y su consecuencia, la subordinación.

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