Es obligatorio el cese del Gobierno:

El cese del Gobierno es obligatorio cuando se trata de «la celebración de elecciones generales», expresión que se refiere exclusivamente a las elecciones al Congreso de los Diputados, como se desprende del artículo 99.1 de la Constitución. No es, por tanto, obligatoria la dimisión del Gobierno si su partido ha sido derrotado en unas elecciones locales, regionales o en elecciones exclusivamente convocadas para renovar el Senado, o incluso en un referéndum. Por el contrario, sí lo será después de unas elecciones al Congreso, aunque el partido gubernamental haya obtenido en
ellas una clara victoria. En este sentido nuestra Constitución se separa de las pautas clásicas del régimen parlamentario que siguen vigentes en Gran
Bretaña, donde el Primer Ministro solo debe dimitir después de unas elecciones si su partido ha sido derrotado en las urnas.

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