La aprobación de la Constitución tuvo lugar mediante:

La Constitución se aprobó el 31 de octubre de 1978, en reunión separada de ambas Cámaras, y en base a la propuesta de la Comisión Mixta. Las sesiones conjuntas del Congreso y el Senado se regulan en el artículo 74.1 de la Constitución y se pueden concretar en los siguientes supuestos: la provisión a la sucesión a la Corona en el caso de que se hayan extinguido todas las líneas llamadas en Derecho (57.3), la resolución sobre la expresa prohibición de matrimonio de personas con derecho a la secesión en el trono (57.4), el reconocimiento de la inhabilitación del Rey para ejercer su autoridad (59.2), el nombramiento de Regente o Regentes (59.3), el nombramiento de tutor del Rey menor (60.1), el juramento y la proclamación del Rey (61.1), el juramento del Príncipe heredero (61.2), el juramento del Regente o Regentes (61.2) y la autorización al Rey para que declare la guerra o haga la paz (63.3).

error: