Real Decreto 1484/1987 de 4 de diciembre se especifican la naturaleza, el régimen jurídico y la dependencia del Cuerpo Nacional de Policía
Artículo 5.
Uno.- El Cuerpo Nacional de Policía está formado por cuatro Escalas: Superior, ejecutiva, de subinspección y básica.
- a) La Escala superior comprende dos categorías, la de Comisario Principal y la de Comisario.
- b) La Escala ejecutiva comprende dos categorías, la de Inspector- Jefe y la de Inspector.
- c) La Escala de subinspección comprende la categoría de Subinspector.
- d) La Escala Básica comprende dos categorías, la de Oficial de Policía y la de Policía.
Dos.- Los puestos de servicio en las respectivas categorías se proveerán conforme a los principios de mérito, capacidad y antigüedad, a tenor de lo dispuesto en el artículo 6., 6, de la Ley Orgánica 2/1986, y en la reglamentación que se dicte, a tal fin, en desarrollo de dicha Ley orgánica.