La Junta de Andalucía, ¿puede intervenir en los procedimientos ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea?

El artículo 238.1 del Estatuto de Autonomía dispone que «La Junta de Andalucía interviene en los procedimientos ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea en los términos establecidos por la legislación del Estado. Tendrá acceso, en su caso, al mismo si así lo establece la legislación comunitaria». Por tanto, la intervención en los procedimientos se realizará en los términos establecidos por la legislación del Estado y el acceso al mismo dependerá de lo establecido en la legislación comunitaria, pudiendo, en todo caso instar al Estado y a las instituciones legitimadas para el inicio de acciones ante dicho tribunal, siempre, en defensa de los intereses de la Comunidad Autónoma.

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