Ley 6/2023, de 7 de julio, de Policías Locales de Andalucía.
Artículo 1. Objeto.
1. El objeto de esta ley es la coordinación de las policías locales andaluzas, sin perjuicio de su dependencia de las autoridades municipales.
1. El objeto de esta ley es la coordinación de las policías locales andaluzas, sin perjuicio de su dependencia de las autoridades municipales.