Los miembros de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, ajustarán su actuación al principio de:
Ley Orgánica 2/1986, de 13 de marzo, de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad.
Artículo tercero.
Los miembros de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad ajustarán su actuación al principio de cooperación recíprocay su coordinación se efectuará a través de los órganos que a tal efecto establece esta Ley.