No se aplicará la circunstancia modificativa de disfraz:

Si la víctima despoja al agresor del disfraz, o éste lo pierde de forma involuntaria, vendrá en aplicación la agravante ya que permanece el desvalor de acción que caracteriza la circunstancia de agravación. Sin embargo, si el sujeto se desprende voluntariamente del disfraz en el curso de la ejecución, o bien se pone el disfraz extemporáneamente, lo que facilitó su identificación, no vendrá en aplicación la circunstancia. El empleo del disfraz después de la comisión del delito, para eludir su persecución, tampoco constituye agravante. Véase STS de 2 de abril de 1996.

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