Para poder obtener la autorización especial para mercancías peligrosas deberán cumplirse, entre otros los siguientes requisitos:

Real Decreto 818/2009, de 8 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento General de Conductores

Artículo 26. Requisitos para su obtención.

Para obtener la autorización especial deberán cumplirse los siguientes requisitos:

a) Estar en posesión, con una antigüedad mínima de un año, del permiso de conducción ordinario en vigor de la clase B, al menos.

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