¿Quién puede ser el sujeto activo en el supuesto de detención mediando causa por delito?

El delito del art. 530 CP de detención ilegal mediando causa por delito es especial, puesto que el sujeto activo solo puede ser la autoridad o funcionario público, en este caso un miembro de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad. La particularidad de este tipo de delito proviene de que no solo se cometerá en calidad de agentes de la autoridad, sino además en el curso de una investigación de un delito, particularidad esta que la distingue de las modalidades agravadas de algunos delitos comunes (detenciones ilegales del art. 167 CP), basadas en que el sujeto activo es ciertamente autoridad o funcionario público, pero no actúa en los casos previstos por la ley ni mediando causa por delito.

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