Real Decreto 320/1994, de 25 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de procedimiento sancionador en materia de tráfico, circulación de vehículos a motor y segundad vial, consta de:

Real Decreto 320/1994, de 25 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de procedimiento sancionador en materia de tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial.

[Preámbulo]

[Artículos]

  • Artículo único.

[Disposiciones transitorias]

  • Disposición transitoria única.

[Disposiciones derogatorias]

  • Disposición derogatoria única.

[Disposiciones finales]

  • Disposición final única.

[Firma]

REGLAMENTO DE PROCEDIMIENTO SANCIONADOR EN MATERIA DE TRÁFICO, CIRCULACIÓN DE VEHÍCULOS A MOTOR Y SEGURIDAD VIAL

  • Artículo 1. Ámbito de aplicación.
  • Artículo 2. Actuaciones administrativas y jurisdiccionales penales.
  • Artículo 3. Incoación del procedimiento.
  • Artículo 4. Denuncias de carácter obligatorio y voluntario.
  • Artículo 5. Contenido de las denuncias.
  • Artículo 6. Requisitos de las denuncias de carácter obligatorio por hechos de circulación.
  • Artículo 7. Requisitos de las denuncias de carácter voluntario por hechos de circulación.
  • Artículo 8. Requisitos de las denuncias por hechos ajenos a la circulación.
  • Artículo 9. Tramitación de denuncias.
  • Artículo 10. Notificación de denuncias.
  • Artículo 11. Domicilio de notificaciones.
  • Artículo 12. Instrucción del procedimiento.
  • Artículo 13. Período de prueba.
  • Artículo 14. Presunción de veracidad de las denuncias efectuadas por los agentes de la autoridad.
  • Artículo 15.
  • Artículo 16. Caducidad.
  • Artículo 17. Recursos.
  • Artículo 18. Prescripción.
  • Artículo 19. Anotación de las sanciones graves y muy graves.
  • Artículo 20. Ejecución de las sanciones.
  • Artículo 21. Cobro de multas.
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