Se considera como falta leve del Régimen Disciplinario de las Policías Locales de Andalucía la siguiente:

Ley Orgánica 4/2010, de 20 de mayo, del Régimen disciplinario del Cuerpo Nacional de Policía

Artículo 9. Faltas leves.

Son faltas leves:

  • f) La exhibición de los distintivos de identificación sin causa justificada.
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