Decreto 201/2003, de 8 de julio, de ingreso, promoción interna, movilidad y formación de los funcionarios de los Cuerpos de la Policía Local.
Artículo 29. Escuelas Municipales de Policía Local.
1. Los municipios podrán crear, mediante acuerdo del Pleno del Ayuntamiento, Escuelas Municipales de Policía para la realización de cursos de ingreso, capacitación, actualización o perfeccionamiento de sus propias plantillas.
