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Según el artículo 384 del Código Penal, el que condujere un vehículo a motor o ciclomotor en los casos de perdida de vigencia del permiso o licencia por pérdida total de puntos asignados legalmente, serán castigados con la pena de:

Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal.

Artículo 384.

El que condujere un vehículo de motor o ciclomotor en los casos de pérdida de vigencia del permiso o licencia por pérdida total de los puntos asignados legalmente, será castigado con la pena de prisión de tres a seis meses o con la de multa de doce a veinticuatro meses o con la de trabajos en beneficio de la comunidad de treinta y uno a noventa días.

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