Según la Constitución, los Decretos Leyes no pueden afectar:

Constitución Española

Artículo 86

1. En caso de extraordinaria y urgente necesidad, el Gobierno podrá dictar disposiciones legislativas provisionales que tomarán la forma de Decretos-leyes y que no podrán afectar al ordenamiento de las instituciones básicas del Estado, a los derechos, deberes y libertades de los ciudadanos regulados en el Título I (10 – 55), al gimen de las Comunidades Autónomas ni al Derecho electoral general.

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