Ley 6/2023, de 7 de julio, de Policías Locales de Andalucía.
Artículo 48. Medidas de fomento de la igualdad de género en los cuerpos de la Policía Local.
2. La Administración autonómica podrá establecer medidas de fomento de la igualdad de género en las normas que regulen los procesos selectivos de acceso, provisión y promoción a los cuerpos de la Policía Local.
