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Según lo dispuesto en el artículo 152.2 de la Ley 7/2021, de 1 de diciembre, de impulso para la sostenibilidad del territorio de Andalucía, en relación al procedimiento para restablecer la legalidad territorial y urbanística, el plazo máximo en el que debe notificarse la resolución expresa será de:

Ley 7/2021, de 1 de diciembre, de impulso para la sostenibilidad del territorio de Andalucía.

CAPÍTULO III

Restablecimiento de la legalidad territorial y urbanística

Artículo 152. Procedimiento para restablecer la legalidad territorial y urbanística.

2. El plazo máximo en el que debe notificarse la resolución expresa será de un año a contar desde la fecha del acuerdo de iniciación.

 

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