Examen de Fuente Palmeras 2023 y el Viso del Alcor II 2019
Circular 6/2011, de 2 de noviembre, sobre criterios para la unidad de actuación especializada del Ministerio Fiscal en relación a la violencia sobre la mujer.
II. COMPETENCIA DE LOS JUZGADOS DE VIOLENCIA SOBRE LA MUJER
II.1.1.2.Por razón de las personas
e) Víctimas transexuales
(..) Por lo tanto, aun cuando la mujer transexual no haya acudido al Registro Civil para rectificar el asiento relativo a su sexo, si se acredita su condición de mujer a través de los informes médico-forenses e informes psicológicos por su identificación permanente con el sexo femenino, estas mujeres transexuales, nacionales y extranjeras, pueden ser consideradas como víctimas de violencia de género. (.)
