Si un funcionario ha estado de baja médica durante seis meses dentro de un año natural, tendrá derecho a:

NOTA: La baja médica es una situación asimilada al Servicio Activo y por lo tanto no detrae días de vacaciones que como establece el artículo 50 del TREBEP son 22 días hábiles durante cada año natural.

Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.

Artículo 50. Vacaciones de los funcionarios públicos.

1. Los funcionarios públicos tendrán derecho a disfrutar, durante cada año natural, de unas vacaciones retribuidas de veintidós días hábiles, o de los días que correspondan proporcionalmente si el tiempo de servicio durante el año fue menor.

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