El Estatuto de Autonomía para Andalucía no contempla la necesidad de autorización parlamentaria o suplicatorio para proceder contra un diputado autonómico. No obstante si se quisiera implantar el suplicatorio, sería necesaria una reforma del Estatuto de Autonomía, sin que quepa la posibilidad de que pueda ser regulado por ley como se desprende de la STC 36/1981, que declaró inconstitucional la Ley del País Vasco que pretendió introducir la necesidad de suplicatorio del Parlamento autonómico para la inculpación y procesamiento de sus Diputados.
