Ley 7/2021, de 1 de diciembre, de impulso para la sostenibilidad del territorio de Andalucía.
Artículo 160. Principio de legalidad, requisitos de infracciones y sanciones y consecuencias legales.
4. Toda acción u omisión tipificada como infracción territorial o urbanística dará lugar a la adopción de las medidas siguientes en los casos y en los términos previstos en esta ley:
- a) La protección de la legalidad territorial y urbanística mediante el restablecimiento del orden jurídico perturbado.
- b) La exigencia de la responsabilidad sancionadora y disciplinaria administrativas o penal.
- c) El resarcimiento de los daños y la indemnización de los perjuicios a cargo de quienes sean declarados responsables.
- d) El inicio de los procedimientos de suspensión y anulación de los posibles actos administrativos legitimadores en los que pudiera ampararse la actuación ilegal.
