La publicación de las leyes del Parlamento de Andalucía se efectuará:

La publicación de las leyes autonómicas, dado su ámbito territorial de vigencia, se efectúa en los Boletines Oficiales de las respectivas Comunidades Autónomas. A partir de esta publicación, la ley comienza su vigencia. No obstante, dada su naturaleza y la obligatoriedad de su general observancia, se establece, y así lo hace el Estatuto de Autonomía, a los solos efectos de asegurar su general conocimiento en todo el territorio nacional, la obligatoria publicación de dichas leyes autonómicas en el Boletín Oficial del Estado.

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