(DEROGADA) De acuerdo con el artículo 40 de la Ley 13/2001, de 11 de diciembre, de Coordinación de las Policías Locales, a la categoría de Intendente Mayor, se podrá acceder por el sistema de: – (OBSOLETA por derogación de la Ley 13/2001)

Ley 13/2001, de 11 de diciembre, de Coordinación de las Policías Locales (DEROGADA por Ley 6/2023, de 7 de julio, de Policías Locales de Andalucía)

Artículo 40. Sistemas de acceso.

3. A las categorías de Intendente, Intendente Mayor y Superintendente se podrá acceder por el sistema de promoción interna, movilidad o turno libre, según decida el municipio, respetando, en su caso, la reserva para la movilidad prevista en el artículo 45.

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