Cualquier discordancia entre las distintas versiones lingüísticas de la Constitución deberá resolverse:

Todas las versiones lingüísticas de la Constitución publicadas en el BOE del 29 de diciembre de 1978 son igualmente oficiales: tanto la castellana como la balear, la catalana, la valenciana, la gallega y la vascuence. Pero la castellana es la versión auténtica: las restantes son traducciones. Ello implica que cualquier discordancia entre las distintas versiones de la Constitución debe resolverse atendiendo al texto en castellano. Así durante la elaboración de la Constitución la Comisión mixta volvió al texto del Congreso en este punto, distinguiendo entre el llamado «texto oficial», es decir, en castellano, por contraposición al escrito en «las demás lenguas de España».

error: