Se puede entender por desconcentración administrativa como un proceso de transferencia de la titularidad y el ejercicio de competencias de un órgano superior a otro inferior dentro de un mismo ente público, con carácter permanente. Sus principales características son las siguientes: a) Se produce una transferencia de competencia desde un órgano superior a otro inferior, es decir, sin creación de órganos nuevos, y en sentido vertical descendente. b) Ha de ser en el seno de un mismo ente, no consiste en la transferencia entre entes diferentes. c) La transferencia interna puede dirigirse a un órgano subordinado central o periférico. d) La transferencia ha de tener vocación de permanencia y no para un asunto en concreto. e) Se aplica tanto en las Administraciones territoriales como institucionales, siempre que exista una relación jerárquica. f) Mediante la aplicación del principio de desconcentración, se consigue una descarga efectiva de funciones de los órganos superiores, acercando la Administración a los administrados.
