¿Cuál de estos derechos y libertades no se consideran por la Constitución Española como fundamental?:

Constitución Española.

TÍTULO I – De los derechos y deberes fundamentales

CAPÍTULO SEGUNDO – Derechos y libertades

Sección 1.ª De los derechos fundamentales y de las libertades públicas

Artículo 16

1. Se garantiza la libertad ideológica, religiosa y de culto de los individuos y las comunidades sin más limitación, en sus manifestaciones, que la necesaria para el mantenimiento del orden público protegido por la ley.

Artículo 19

Los españoles tienen derecho a elegir libremente su residencia y a circular por el territorio nacional.

Artículo 22
  • 1. Se reconoce el derecho de asociación.
  • 2. Las asociaciones que persigan fines o utilicen medios tipificados como delito son ilegales.
  • 3. Las asociaciones constituidas al amparo de este artículo deberán inscribirse en un registro a los solos efectos de publicidad.
  • 4. Las asociaciones sólo podrán ser disueltas o suspendidas en sus actividades en virtud de resolución judicial motivada.
  • 5. Se prohíben las asociaciones secretas y las de carácter paramilitar.
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