¿Cuál es la situación administrativa que responde al interés particular del funcionario, que decide voluntariamente suspender de manera transitoria el desempeño de su puesto de trabajo?

La excedencia es la situación administrativa responde al interés particular del funcionario, el cual decide, voluntariamente, suspender transitoriamente el desempeño de su puesto, y por ello constituye el reverso de la situación de servicio activo. Sin embargo, los dos elementos identificadores de la excedencia, el interés particular y la voluntariedad, en algunos casos ha ido diluyéndose, incluso hasta llega a desparecer. Así, la voluntariedad no se daba en los casos en los que el pase a la situación de «excedencia por interés particular» era obligada. Asimismo el interés particular se combinaba con el interés público en los supuestos de «excedencia voluntaria por servicios en el sector público» (desde la regulación del año 1954) o de «excedencia voluntaria incentivada» (desde la regulación de 1993); sin embargo, ambos supuestos han desaparecido en la nueva regulación del EBEP.

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