¿En qué caso se agravan las penas en delitos de tráfico de influencias?

Así se expresa en los arts. 428 y 429 C.P cuando dicen «si obtuviere el beneficio perseguido estas penas se impondrán en su mitad superior». Las penas previstas (modificadas por la reforma del Código Penal de 2010 y posteriormente en 2015 son las de prisión de seis meses a dos años, multa del tanto al duplo del beneficio perseguido u obtenido e inhabilitación especial para empleo o cargo público y para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo por tiempo de cinco a nueve años. Si obtuviere el beneficio perseguido, estas penas se impondrán en su mitad superior.

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