La medida cautelar consistente en la libertad provisional con prohibición de abandonar el territorio español y retirada del pasaporte, impuesta en un procedimiento penal en fase de instrucción, ¿afecta a las libertades de residencia y circulación?

La medida cautelar, impuesta en un procedimiento penal en fase de instrucción, consistente en la libertad provisional bajo fianza con obligación de comparecer periódicamente ante el Juzgado no lesiona las libertades de residencia y circulación como tampoco las lesiona la prohibición de abandonar el territorio español o la retirada del pasaporte. Dichas medidas no afectan a las libertades de residencia y circulación que se establecen en el artículo 19 de la Constitución sino a la libertad personal proclamada en el artículo 17.1 de la Constitución, pues se trata de garantías que integran la medida cautelar sustitutiva de la prisión provisional, esto es, la libertad provisional, medida cautelar de naturaleza personal que implica una restricción de la libertad personal.

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