Con respecto al matrimonio la Ley regulará:

El artículo 32.2 de la Constitución dispone que «la ley regulará… (entre otras materias) las causas de separación y disolución y sus efectos». Como se puede observar el citado artículo no hace referencia al divorcio ni a la nulidad matrimonial, sino que es la Ley reguladora del matrimonio en el Código Civil la que regula el sistema separación, divorcio, disolución y nulidad matrimonial, sistema que en la actualidad se ha visto modificado por la Ley 15/2005, de 8 de julio, por la que se modifican el Código Civil y la Ley de Enjuiciamiento Civil en materia de separación y divorcio.

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