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A efectos de la Ley 13/2007, de 26 de noviembre, se considera Violencia de Genero:

Ley 13/2007, de 26 de noviembre, de medidas de prevención y protección integral contra la violencia de género.

Artículo 3. Concepto, tipología y manifestaciones de violencia de género.

2. La violencia a que se refiere la presente Ley comprende cualquier acto de violencia basada en el género que implique o pueda implicar para las mujeres perjuicios o sufrimientos de naturaleza física, psicológica, sexual o económica. Comprende, asimismo, las amenazas de realizar dichos actos, la coerción o las privaciones arbitrarias de su libertad, tanto si se producen en la vida pública como privada

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