El artículo 114 del Estatuto de Autonomía establece que «en el procedimiento de elaboración de las leyes y disposiciones reglamentarias de la Comunidad Autónoma se tendrá en cuenta el impacto por razón de género del contenido de las mismas». La plasmación más directa de este precepto se ha producido en la aprobación de la Ley 12/2007, de 26 de noviembre, para la promoción de la igualdad de género en Andalucía recientemente aprobada y que goza de una clara horizontalidad frente al resto de leyes del derecho propio de Andalucía.
