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¿A quién corresponde la Secretaría de la Junta de Gobierno Local?

Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.

Artículo 126. Organización de la Junta de Gobierno Local.

4. La Secretaría de la Junta de Gobierno Local corresponderá a uno de sus miembros que reúna la condición de concejal, designado por el Alcalde, quien redactará las actas de las sesiones y certificará sobre sus acuerdos

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