¿Cuál de los siguientes requisitos deben cumplir las leyes-marco?

Como se específica en el artículo 150.1 de la Constitución, las leyes-marco se deben aprobar por las Cortes Generales, excluyéndose por tanto su aprobación como Decretos-leyes o Decretos legislativos. La potestad de la atribución normativa se puede realizar a «a todas o a alguna de las Comunidades Autónomas» y se exigirá que conste la «modalidad de control» de las Cortes Generales sobre las normas autonómicas de desarrollo,
así como los «principios bases y directrices» a que las Comunidades Autónomas deberán atenerse al desarrollo de la ley marco. Por lo que se refiere a
las materias que pueden ser objeto de una ley marco, el artículo 150.1 de la Constitución especifica genéricamente que deben ser «materias de competencia estatal» sin que se especifique si la ley marco puede operar delegaciones en cualquiera de estas materias, si alguna de ellas se encuentra implícitamente excluida del uso de esta técnica de delegación legislativa.

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