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De acuerdo con el artículo 31.1 de la Constitución, ¿quiénes contribuirán al sostenimiento de los gastos públicos?

El artículo 31.1 de la Constitución establece que “todos contribuirán al sostenimiento de los gastos públicos de acuerdo con su capacidad…”. La primera cuestión que llama la atención es la expresión “todos” que hemos de entenderla como la voluntad de que las cargas públicas deben imputarse a los que estén y desarrollan su actividad profesional en el territorio español, más allá de que tenga la condición de nacional o extranjero o que estén jubilados o en edad laboral.

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